El término “offshore” significa simplemente que una sociedad se constituye en el extranjero, en relación con el país de residencia del directivo. Crear una LTD en Inglaterra, una LLC en Estados Unidos o una sociedad en Bulgaria ya se considera offshore.
La confusión a menudo proviene del hecho de que algunos todavía asocian “offshore” con jurisdicciones opacas. Sin embargo, hoy en día, la tendencia es clara: los emprendedores eligen países conformes y reconocidos, donde la optimización se basa en la transparencia.
Crear una sociedad en Europa (Francia, Alemania, Países Bajos, Bulgaria, Irlanda…) aporta una credibilidad reforzada. La Unión Europea regula las normas fiscales, la gestión del IVA intracomunitario, y garantiza un mejor reconocimiento ante bancos e inversores.
Ejemplo: una sociedad en Bulgaria se beneficia de un tipo impositivo del 10 %, manteniéndose perfectamente conforme con los estándares europeos.
Finalmente, la sociedad en el extranjero también incluye estructuras fuera de Europa: LTD en el Reino Unido, LLC estadounidense, sociedad en Hong Kong… Estas jurisdicciones siguen siendo muy atractivas, especialmente para los emprendedores digitales.
La elección entre una sociedad europea o extracomunitaria depende de:
Ya sea una sociedad offshore, europea o extracomunitaria, la clave reside en la coherencia entre sus objetivos y la jurisdicción elegida.
El siguiente paso lógico, una vez creada la sociedad, será pensar en: